La propiedad intelectual y las mentiras sobre la piratería

Hackmeeting 2004

Hackmeeting 2004

Existe un documento sonoro (que se puede escuchar íntegro al final de este post) que recoge una charla ofrecida por el abogado David Bravo en el Hackmeeting en Sevilla el año 2004. Según mi humilde parecer, este audio debería ser escuchado de forma obligatoria por todo aquel que esté interesado en los derechos de autor, la propiedad intelectual y el problema existente hoy día de la llamada «piratería» en la red a causa del intercambio de archivos en redes de pares. Además, con la que está cayendo últimamente, me parece que todo aquel que no haya oído esta charla, no debería dar un paso más en este momento sin dedicarle una horita (que es lo que dura) a las explicaciones de uno de los abogados más carismáticos, divertidos y famosos especializado en estos asuntos.

Este post pretende recoger, a guisa de transcripción literal, taquígrafo en mano, los momentos más esclarecedores e importantes de dicha alocución, dejando al lector el gusanito en el cuerpo para que después se adentre en los sesenta minutos de mayor deleite intelectual que va a disfrutar en su vida.

David Bravo comienza su conferencia realizando una introducción al modo en que tratan los medios lo que ellos entienden como piratería informática. Comenta un par de noticias aparecidas en la Red sobre declaraciones de famosos cantantes que los medios califican como polémicas por el simple hecho de salirse un poco (no mucho) de la senda de borregueo que normalmente suele imperar en esa industria.

Objetivamente, encontrar lo explosivo o lo duro de una u otra declaración respectivamente es, acaso, un asunto de especialistas. Para el poder mediático todo aquello que no secunde lo que dice el poder económico es algo alarmante y que hay que adjetivar como polémico o radical. […] Teddy Bautista dijo que eso del interés de acceder a la cultura estaba muy bien, pero que primero estaba el interés de los músicos a preservar su salud.

La idea que quería dar Teddy Bautista era que si tú te bajas un disco le estás quitando el dinero al músico con el que compra el pan con el que mantiene su salud. Los intereses de los ciudadanos no aparecen nunca, y cuando aparecen es para que los comente Teddy Bautista y los demonice. Porque las posibilidades que te daba eran dos: o estás de acuerdo con las tesis de la SGAE o estás de acuerdo con que el músico se muera de hambre. No hay otra posibilidad. […]En mi opinión lo del acceso a la cultura no es cualquier tontería. Para mí, incluso, lo del acceso a la cultura tiene cierta relación con la libertad de expresión y con la libertad de elección; tiene que ver con la instrucción de un pueblo. ¿Qué libertad de expresión tiene la gente que no tiene nada que expresar, o no sabe cómo hacerlo, y qué libertad de elección tiene la gente que sólo sabe elegir qué concursante de Gran Hermano hay que expulsar? La instrucción del pueblo no es ninguna tontería, es importante. De eso depende que tengamos algo que decir y cómo decirlo.

A continuación pasa a enumerar lo que, en su opinión, son las mentiras más famosas sobre la piratería. Comenta cómo las multinacionales dicen que defienden las ventas de discos y que la industria discográfica terminará por desaparecer a causa de la piratería y las mentiras que se vierten con respecto al precio de los discos compactos, llegando a la conclusión de que la industria musical sencillamente pierde dinero produciendo los CD. Comenta también como se difunde que las descargas de música matan de hambre a los artistas y sin embargo no se dice lo mucho que los artistas ganan por los conciertos y lo poco que ganan con las ventas de sus discos.

Hace poco salió un estudio de la Universidad de Harvard que decía algo que en realidad todos sabemos, que no hace falta ser de Harvard para haberlo pensado alguna vez. Y lo que decía era sencillamente que no todo lo que se baja se habría comprado. Eso es algo que sabemos todos en realidad, pero tiene que decirlo un tipo de Harvard para que lo comente yo aquí.

Voy a comentar un poco eso pero no me voy a agarrar a ese estudio. Voy a poner un ejemplo. Ahora mismo en el eMule hay un archivo en cuyo interior, está comprimido, hay 6.000 libros. Si tú te bajas ese archivo, según el sentido común de la SGAE, se están dejando de vender los 6.000 libros que tú tenías pensado comprar esa misma mañana. Es así; la SGAE dice que es obvio. Según su página web «cada copia privada que se hace es una venta menos». […]

En mi opinión, esto lleva pasando desde que el mundo es mundo. Cuando Berliner inventó el gramófono, yo estoy seguro de que los dueños de los teatros se llevaron las manos a la cabeza y llevaron el grito al cielo, porque quitaba al público que iba a ver la música en directo y que ahora podía escucharla cómodamente en su casa. Estoy seguro de que Berliner fue un pirata, fue un precursor de los piratas. Que es lo que hizo Berliner, pues nada, se fue con la música a otra parte y fundó la Gramophone Company que dio lugar a la discográfica EMI, que ahora se lleva las manos a la cabeza y lleva el grito al cielo porque ha nacido un nuevo invento que lleva la música, de nuevo, un poco más cerca, sin tener que pasar por taquilla con cada audición.

Uno de los momentos más interesantes de esta charla se produce cuando David Bravo comenta las leyes que todos interpretan como claramente incriminatorias para todo aquel que se baje música de Internet. Habla también de los conceptos, equivocadamente relacionados, de copia privada y copia de seguridad, y también del ánimo de lucro y perjuicio de terceros, dos condiciones inexcusables para que un hecho delictivo sea tal. Por último, comenta las paradojas que se podrían dar si una ley llevara dos años a la cárcel a alguien por bajarse una canción o fotocopiar la página de un libro, en contraposición con otro tipo de delitos o faltas como robar una discografía entera en un centro comercial o agredir al autor de un libro en la calle.

La realidad es que el artículo del Código Penal que es aplicable a esto de las redes peer to peer, que es el artículo 270.1, sencillamente no ha sido reformado, así de simple. ¿Por qué, entonces, se armó esta bola? Sencillamente fue porque se empezaron a hacer unos análisis bastante críticos sobre el Código Penal, y yo creo que además de críticos eran bastante certeros; el Código Penal nuevo yo creo que merecía esas críticas. Lo que ocurre es que algunos periodistas al ver esos artículos, leyeron, quizás por primera vez, la reforma del Código Penal con ese prejuicio e, interpretando artículos que no habían cambiado, sacaron la conclusión de que era delito. La realidad es que no ha cambiado, todo sigue siendo igual, se necesita ánimo de lucro y perjuicio de terceros para que los intercambios en las redes peer to peer se consideren delito. […]

Vamos a ver qué es la copia privada. La copia privada, como sabéis, aparece en la ley de la Propiedad Intelectual. Lo habréis escuchado muchísimas veces, dicen por ahí que la copia privada es la copia que haces de tu propio original para escucharlo en el coche. ¿Cuál es la realidad? La realidad es que la ley de Propiedad Intelectual no te exige ser el usuario legítimo de la obra en ningún momento. ¿Dónde se necesita ser usuario legítimo para hacer una copia de una obra intelectual? En los programas de ordenador. El usuario del programa de ordenador tiene que ser el usuario legítimo si lo quiere copiar. ¿Por qué? Pues porque a los programas de ordenador se les prohíbe la copia privada, no tienen derecho a la copia privada. Se les permite la copia de seguridad. Esos dos conceptos, copia privada y copia de seguridad, son los que se mezclan continuamente.

La copia privada apareció en aquellos momentos en los que era habitual entre los adolescente, y no adolescentes, el pasarse los casetes y copiárselos con la doble pletina. En su momento, en su momento, era ilegal y, además, el Código Penal no exigía el ánimo de lucro para que fuera delictivo reproducir obras. ¿Qué ocurrió? Pues que la legislación sencillamente pensó: si esto es así de imparable, si es tan extendido, lo legalizamos. Porque era imposible parar todo lo que estaba ocurriendo. Y dijeron: introducimos la copia privada y el canon remuneratorio que está ahora dando tanto dolor de cabeza a todo el mundo. Y se introdujo el ánimo de lucro. […]

Si lo interpretamos así, primero que el Código Penal es absolutamente desproporcionado. ¿Fotocopias la página de un libro y vas a la cárcel? Pero es que además se darían paradojas tremendas, insalvables. Es prácticamente considerar que el Código Penal se ha vuelto completamente loco. Por ejemplo, yo me bajo una canción de un disco de Internet. Estoy haciendo una reproducción parcial, eso entra dentro del tipo penal.  Y según Javier Rivas, y otros muchos, es una reproducción con ánimo de lucro, porque me da un beneficio que es disfrutar de la obra, ¿no? Sin embargo, si yo voy al Corte Inglés y sencillamente digo: no, yo es que prefiero el disco original, con las tapas que son tan bonitas como las hacen hoy en día. Me lo voy a coger. Cojo el disco y me lo llevo; lo hurto. Y digo: ya que estoy aquí, y para no dar dos viajes, me voy a llevar la discografía entera. Y como no supera los 400 €, porque ahora el nuevo Código Penal sube el límite a 400 €, no sería un delito.

Posteriormente, en su disertación, explica lo que dice el Legislador acerca del ánimo de lucro, término al parecer en entredicho, y de la no conciencia de ilicitud en la sociedad acerca del tema.

¿Qué ha dicho el Legislador sobre el ánimo de lucro? Vamos a preguntarle a él. Y él ya se ha pronunciado. En un libro que se llama El Código Penal de 1995 y la voluntad del Legislador, precisamente los legisladores se ponen a comentar por qué introdujeron diversos cambios en ese Código Penal. Y se habla del Código Penal de 1995 y el ánimo de lucro, que entró nuevo. Lo que decía el Legislador era que «estaban intentando excluir los supuestos de bagatela que integran una cuantiosa cifra negra que el Mercado debe asumir como inevitable«. Eso fue lo que dijo el Legislador.

Entonces qué hacemos con todo esto. Es decir, cuando es tan evidente, o al menos a mí me lo parece, cuando el propio Legislador lo dice, ¿qué está ocurriendo? ¿Por qué se dice, incluso desde las propias trincheras, que esto es delito? Pues yo creo que es para crear una nueva conciencia social, y eso, ya sí, es más peligroso. Creer sin más lo que se dice en los medios de comunicación, creer estos mitos es eficacísimo para que se conviertan en realidad. Porque el juez está obligado, según el artículo 3 del Código Civil, a interpretar las normas de una manera coherente a lo que opina la realidad social del momento. Eso es importante para un juez a la hora de interpretar. Si el ánimo de lucro es una cosa que está así así, si hay algo que es una cuestión de interpretación, lo que crea la sociedad en ese momento es importante para el juez. […]

Francisco Hernández Herrero, que es el fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dice que «cuando la conciencia de ilicitud sobre una serie de conductas desaparece, los estados responden despenalizando esas conductas«. ¿Existe hoy en día esa conciencia de ilicitud? En mi opinión no, en absoluto. Los padres regalan a los niños las armas del delito, el cable de fibra óptica y las grabadoras ultrarrápidas, vendidas por las mismas empresas que más dinero dicen que pierden con la piratería.

La charla continúa hasta terminar con varios ejemplos que apuntalan la idea final, que es que no es ningún delito descargar contenidos de Internet, y así lo está demostrando el señor David Bravo, sentencia tras sentencia, en los juicios en lo que presta su apoyo y consigue una condena favorable para el acusado.

Como decía al principio del post, este es un audio de obligatoria escucha y que no tiene desperdicio desde el minuto 0 hasta el 60. Todo lo que aquí se ha transcrito es una muy pequeña muestra o pincelada de lo interesante de esta conferencia. A continuación tienes la oportunidad de escucharla íntegra. No te la pierdas o te arrepentirás. (Además te vas a reír una jartá).

Escucha la charla completa de David Bravo.

FUENTE: La utilización del audio en este post, y su transcripción, ha sido autorizada por David Bravo.

3 comentarios a “La propiedad intelectual y las mentiras sobre la piratería”

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