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Créditos P2P en tiempos de crisis

¡Dame pasta!
¡Abuela, que estamos en crisis! ¿No se ha dado usted cuenta todavía? ¡Ay, Jesús, con la crisis! El estado económico-financiero en el que nos encontramos no lo hemos creado nosotros, los pobres currelas asalariados, sino los que más pasta tienen, los grandes bancos (americanos, sobre todo). Pero el caso es que, ocurra lo que ocurra en este mundo, la culpa siempre la tenemos los mismos, los pobres currelas asalariados. Da igual que las entidades financieras hayan ganado trillones de euros a costa de hipotecas basura concedidas a pringados (como tú y como yo) que engañaban con condiciones incumplibles a largo plazo; da igual que esas gigantescas fortunas hayan perdido algunos eurillos en calderilla y los estados hayan respondido inyectándoles cantidades ingentes de dinero que luego no han repercutido en el consumidor; da igual que, no ya los jóvenes, cualquier persona de cualquier edad sea incapaz de acceder a un crédito hipotecario, incluso teniendo una suculenta nómina. Todo da igual, lo importante es forrarse y que el populacho se apriete un poco más el cinturón, no vaya a ser que los pingües beneficios del ejercicio anterior bajen este año un 0,005% y tengamos que pasar este verano que viene un día menos en Bora Bora.
Esto me recuerda a mí al problema de la ecología. Cuando existen cientos de empresas en este país que contaminan muy por encima de la media, cuando multitud de centrales y complejos vierten millones de litros de productos tóxicos en ríos y playas, cuando los Estados Juntitos de América han sido incapaces de adherirse aún al protocolo de Kioto, cuando ocurre todo esto en el mundo, digo, lo único que puedo hacer es soliviantarme cuando encima a mí prácticamente me obligan a separar el puto plástico del vidrio de los cojones. Y para más inri me quitan las bolsas del Carrefour y me condenan a pagar 5 céntimos por otras de fécula de patata que se decojonan y se van a tomar por culo en cuanto las cargas con más de dos manzanas. ¡Que recicle su abuela de usted, oiga!
Pero bueno, que me enciendo y me desvío del tema: los créditos y la crisis. La archinombrada burbuja inmobiliaria explotó por fin; que ya era hora. Los pisos subían a un ritmo desorbitado y los bancos casi no te ponían ninguna pega para darte un crédito al Euribor + 0,35%, a cincuenta o sesenta años, que digo yo que para qué coño están los hijos de uno si no es para acarrear con las deudas en el futuro, ¿no? Pero la teta de la vaca dejó de dar leche, muchos bancos quebraron (gracias a sus inversiones tremendamente arriesgadas), el grifo de los préstamos se cortó, los precios subieron, se dejó de construir, se dejó de vender, el número de parados de triplicó y las familias hiperendeudadas se vieron con el agua al cuello. Llegó la crisis (y parece que va a tardar en irse).
Internet, como siempre, es un fiel reflejo del mundo de ahí fuera y recoge con excepcional rigurosidad los problemas e inconvenientes de las personas reales, no virtuales. Pero también, muchas veces, asaca soluciones ingeniosas para remendar problemas que en el mundo real no tienen fácil solución. Y este es el caso de los que se han dado en llamar créditos o préstamos P2P, que no es otra cosa que una comunidad o red social de prestamistas y prestatarios que se dedican unos a dejar y otros a pedir. La moda de los préstamos de dinero entre personas vía Internet ya ha llegado a España y puede convertirse en un bum en poco tiempo.
A este tipo de créditos entre personas, sin bancos intermediarios ni entidades de por medio, se les ha denominado P2P en clara alusión a las redes de pares de intercambio, pero no con el mismo significado. En este caso P2P significa Person to Person, es decir, un servicio que se hace de persona a persona; vamos, como dicen en mi barrio, de mí pa’ ti. El alma del P2P original se mantiene, porque lo que se crea es un vínculo entre dos particulares (el que pide dinero prestado y el que lo presta) que comparten, en este caso, una cantidad de dinero específica.
El funcionamiento es muy sencillo, ya que tan sólo es necesario darse de alta para solicitar o dejar dinero. Digamos que se podría hacer un paralelismo muy certero con los portales de subastas tipo eBay, ya que en ellos se establece una venta directa entre particulares, el portal en cuestión mediante, por medio de pujas de los compradores por los artículos de los vendedores. En los portales de créditos P2P una persona (el prestatario) solicita una cantidad de dinero en cuestión y decide él mismo el tipo de interés máximo que está dispuesto a pagar. Automáticamente, los prestamistas pujan por ese posible ”cliente” intentando ofrecer la menor cantidad de interés posible. El que gana la puja presta su dinero a la persona solicitante y ésta se lo irá devolviendo en el plazo convenido y con el tipo de interés acordado. Evidentemente, la web que gestiona la comunicación entre prestamistas y prestatarios se lleva una pequeña comisión de la transacción, que de qué van a vivir estos chicos si no.
Este sistema nació en Gran Bretaña y se ha extendido ya por varios países, funcionando con bastante éxito en lugares como EEUU, Japón o Australia. En el Reino Unido la web de créditos P2P más famosa es Zopa, y en EEUU es Lending Club. En España la pionera del sector y la que mejor parece funcionar es Comunitae.com. Existen otros modelos de negocio parecidos (como Partizipa), pero que están más enfocados hacia la financiación de emprendedores por parte de pequeños y medianos inversores.
Estos sitios web no son bancos ni entidades financieras, sino simplemente intermediarios entre personas que necesitan dinero y personas que tienen unos ahorrillos para prestar y les interesa sacarles algo de partido (más que los míseros intereses que proporcionan las cuentas corrientes de las cajas de ahorros). Tienen muchas ventajas, porque podrás conseguir dinero contante y sonante a un interés mucho más bajo que el que te proporciona un banco (eso si te lo proporciona, claro). Además, como ya hemos comentado, ese tipo de interés se fija mediante un mecanismo de subasta, que juega en tu favor en caso de que haya muchas personas interesadas en financiarte. Al solicitar un crédito P2P tienes que venderte; puedes hablar de tu situación o de tus proyectos para procurar ganarte la confianza del resto de usuarios e intentar que te dejen el dinero.
A todo usuario de este tipo de webs se le realiza un estudio de solvencia que determina un nivel que los prestamistas (usuarios también) pueden consultar para fiarse o no fiarse de que les vayan a devolver el dinero. La empresa detrás del web solicitará tus datos personales, bancarios, laborales y económicos. Amén de ello, posteriormente, deberás enviar por correo postal ordinario la documentación que te pedirán para verificar y justificar la información dada. Entonces ya estarás en disposición de pedir un préstamo. Los préstamos, por regla general, no los recibirás íntegros de un mismo usuario. Por ejemplo, si solicitas 3.000 €, la lógica de estos sitios web es que ese dinero se subdivida entre distintos prestamistas pujadores por tu oferta. De esta manera se minimizan riesgos de impagos, que siempre uno se puede escapar del país con la pasta y hacer negocio en las Américas.
En fin, una alternativa muy digna a los sacacuartos esos que pululan por los espacios publicitarios televisivos que te ofrecen suculentas cantidades de dinero en 24 horas y luego te acosan con unos intereses que te arrepientes de no haber pedido un crédito personal a un año en el BBVA, que te habría salido más barato y te habría producido menos dolores de cabeza. Los créditos P2P posiblemente despeguen no tardando mucho en nuestro país, que tan acostumbrados estamos a pedir hasta para salir de vacaciones. Quizás el fin de la crisis y una mejor bonanza económica lancen estos servicios al estrellato de los préstamos de bajo coste. Y el que no necesite, pero tenga y quiera sacar un poquillo de rentabilidad, pues ya sabe, de cabeza a prestar y a recoger un algo más de lo prestado. A nadie le amarga un dulce, digo yo.
Pornografía infantil vía eMule

Pornografía infantil NO
Hace ya bastante tiempo me encontré con un vídeo de pornografía infantil descargando archivos con eMule. ¿Y qué coño andabas buscando, tú? No se me soliviante, que ahora verá como esta banda de cabrones es capaz de esconder fotos y películas en los ficheros más comunes que se pueda usted imaginar; y no necesariamente bajo la apariencia de archivos de imagen o vídeo, que ahí está el peligro.
El problema de la pornografía infantil es, a mi entender, uno de los más acuciantes que deben ser resueltos en el amplio espectro de la delincuencia en la Red. Algunos gobiernos (ejem, ejem) deberían preocuparse más por buscar soluciones a los verdaderos delitos y menos por intentar encontrar delincuentes entre adolescentes que descargan música de Internet. Aunque cierto es, las cosas como son, que la policía de este país funciona muy bien en ese sentido y nos regala con varias redadas y detenciones al año de alimañas pedófilas que campan (o creen campar) a sus anchas por Internet.
Andaba yo buscando, decía, un documento que fuera manual de instrucciones de determinada versión de determinado software servidor de datos; no daré más pistas por si las moscas. El caso es que, filtrando los resultados, encontré un documento en formato PDF que respondía a mis requerimientos. Me mosqueó un poco el tamaño, más de 900 MB, pero bueno, pensé que sería un buen manual o un libro completo con mucha información valiosa, imágenes y ejemplos. ¿Más de 900 MB un puto PDF?, me repetía yo. Esto promete.
Tardó más de dos semanas (en días no consecutivos) en bajar, ya que sólo tenía un par de fuentes o tres, creo recordar. Y, por fin, un día, ahí lo tenía yo descargado. ¡Qué bien! Doble clic y el Abode Reader arrancando los motores… Mensajito: “No se puede abrir debido a que no es un tipo de archivo admitido o está dañado”.
¡Mecagüentó! Después de estar esperando dos semanas y ahora esto. A mí este archivo no me toca los huevos. Vamos a intentar abrirlo con el amigo Word, no vaya a ser que no sea un PDF aunque venga con esa extensión. Venga, vamos allá. ¡Porca miseria!, caracteres raritos, de esos tipo cuadradito, flecha, flecha, redondelito (parece que estoy jugando al Leisure Suit Larry en la PS2).
No entendía nada. Y justo en ese momento me percaté de que en la cabecera del archivo, abierto en Word como de texto plano, estaba escrito el texto AVI. Ondia, tú. Esto va a ser un tutorial en vídeo. Miel sobre hojuelas; a ver si no está en inglés.
Cierro Word, cambio la extensión del archivo de PDF a AVI y ejecuto. Efectivamente era un vídeo, pero no era un tutorial, si no la aberración más desagradable y estremecedora que he visto en mi vida. No entraré en muchos detalles porque se me revuelven las tripas y el alma, aunque no pude ver más que los primeros segundos.
Acto seguido lo denuncié ante la Guardia Civil, la Policía Nacional y la Ertzaintza. Todos estos cuerpos tienen oficinas virtuales o correos electrónicos destinados a denunciar delitos de pornografía infantil y otras infracciones telemáticas. Por supuesto todos me contestaron, antes o después, agradeciendo la colaboración y sugiriéndome borrar el archivo cuanto antes, no me fueran a confundir con un depravado.
¿Por qué los pederastas hacen estas cosas y por qué no les sirve de nada y terminan por dar con sus huesos en la cárcel? Parece que en principio su intención es ocultar los vídeos y las imágenes variando su extensión, haciendo creer que comparten algo tan inofensivo como un manual de instrucciones. Y es que hay que ser manzanillo y poco avispado para creer que la policía es tonta y que de este modo se engaña a alguien. El truco está en el hash del archivo.
Hash es un método criptográfico para generar claves que representan de manera casi unívoca a un documento, registro, archivo, etc. Existe software especializado para generar o extraer el hash de un archivo utilizando métodos especializados que se basan en parámetros tales como su nombre interno, su longitud, la hora de creación, los datos que contenga, etcétera, aplicándole diversas transformaciones y operaciones matemáticas.
El hash se utiliza para muchas funciones dentro del campo de la informática, como por ejemplo para identificar un archivo unívocamente en las redes P2P; más de una vez habrás descargado algo con tu mulita y al ir a ver los comentarios y valoraciones, te das cuenta de que algunos tienen nombres de archivo diferentes, sin embargo el hash es el mismo. También se usa para corroborar que un archivo no ha cambiado (no ha sido infectado por un virus, por ejemplo) tras descargarlo de Internet, como el archiconocido algoritmo MD5. Y también para identificar un registro en una base de datos y acceder a él más rápido, entre otras cosas.
El caso es que el hash de cualquier documento, película, vídeo, archivo de música o lo que sea que circule por Internet puede ser extraído, almacenado en una base de datos y comparado con el de otros archivos para evitar fraudes. Por lo tanto, por mucho que yo cambie la extensión de un archivo, o incluso el nombre, el hash no varía y puedo saber con total fidelidad si me la están intentado colar o no.
La policía dispone de software, como el famoso CETS canadiense desarrollado con la colaboración de Microsoft, que rastrea las redes de pares (y otros sitios) buscando archivos cuyo hash sea igual al de uno ya registrado en sus bases de datos y marcado como de contenido pedófilo. Cuando encuentra algo sospechoso, automáticamente se monitoriza a la persona que lo está descargando y a la persona que lo está sirviendo. La suerte está echada. Si se detecta que estas personas sólo han descargado ese archivo y no se percibe circunstancia de ilicitud más en ellas, es posible que piensen que haya sido un error o un accidente. Pero si sucede que alguno de estos individuos, sobre todo los que sirven el fichero, se dedica a servir y descargar más archivos cuyos hashes estén tildados de delictivos, se procede a abrir una investigación más exhaustiva y a detenerle si procede, porque un archivo puede ser un fallo de descarga, pero diez al día va a ser que no.
Ahora bien, también hay mucho listo suelto, como aquel que tenía miles de fotografías y vídeos de pornografía infantil (no recuerdo de dónde era la noticia) y, cuando lo detuvieron, declaró que guardaba aquel material para denunciarlo a la policía. La Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional recibe unos 30.000 avisos anuales de internautas que han descargado “accidentalmente” pornografía infantil de la Red; el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil recibe 7.300 denuncias, al año también; la ONG Protégeles, 3.000 al mes.
Lo cierto es que la policía se está empezando a cansar de tanto accidente fortuito y ha dirigido procesos de investigación contra este tipo de descargas “sin querer”. También es cierto que mucho no se puede hacer, a no ser que te pesquen con una colección de cinco mil imágenes, por lo que por parte de los internautas se están comenzando a demandar sistemas como el empleado por la CoPeerRight Agency, que propone algo tan simple como utilizar las propias herramientas de comunicación o chat de los programa P2P para advertir a los usuarios. Oiga, usted, que se acaba de descargar una foto que es ilegal y como le pillemos bajándose otra le empapelamos de arriba a abajo. Seguro que eso acojona a más de un pedófilo y, seguro también, que advierte a los “descargadores accidentales” para que la próxima vez tengan más cuidado.
Este sistema CoPeerRigth es el mismo que se utiliza en España desde hace algunos años y que hace que te envíen un mensajito a tu chat de eMule cuando detectan (por el hash, claro que sí) que estás descargando una película española con derechos de autor registrados. Una buena tecnología desperdiciada en pamplinas. Te invitan a detener la descarga y a no hacerlo más, porque a la próxima se te presenta en tu casa una patrulla de los GEO y te esposan y te leen tus derechos y hasta te meten en un coche patrulla. He de reconocer que a mí esto me pasó una vez (lo del mensaje al chat, no lo de los GEO) y me acojonó tanto, que al final tuve que parar la descarga y bajarme la peli del BitTorrent. Qué canguelo me entró, oye.
Pues lo dicho, y poniéndonos serios de nuevo. La lacra de la pederastia debe ser erradicada de la Red a marchas forzadas. Quizás gracias a la Red se están descubriendo tramas de pedofilia que antes se encontraban más ocultas e inaccesibles, pero lo que no es de recibo es que semejante escoria se sirva de la tecnología para distribuir o compartir este material del todo execrable.
Y recomiendo encarecidamente a todo aquel que descargue algo por error, porque a cualquier puta se le escapa un pedo, que lo denuncie de inmediato y elimine automáticamente los archivos de su disco duro. Al final del post están las direcciones a las que hay que dirigirse.
Por último, me gustaría contar que el día aquel en que, desgraciadamente, descargué aquel vídeo oculto, salí a dar un paseo por la tarde y vi, en un parque, unas niñas de unos ocho años jugando en los columpios. Se me revolvieron las entrañas al recordar a aquella pobre niña de aquel inmundo vídeo, pensando que podía haber estado allí también jugando, feliz y radiante, y que, por culpa de una manada de hijos de puta, lo más probable es que su vida termine siendo un infierno igual o mayor del que esté soportando en este preciso instante.
¿Dónde denunciar?
La propiedad intelectual y las mentiras sobre la piratería

Hackmeeting 2004
Existe un documento sonoro (que se puede escuchar íntegro al final de este post) que recoge una charla ofrecida por el abogado David Bravo en el Hackmeeting en Sevilla el año 2004. Según mi humilde parecer, este audio debería ser escuchado de forma obligatoria por todo aquel que esté interesado en los derechos de autor, la propiedad intelectual y el problema existente hoy día de la llamada “piratería” en la red a causa del intercambio de archivos en redes de pares. Además, con la que está cayendo últimamente, me parece que todo aquel que no haya oído esta charla, no debería dar un paso más en este momento sin dedicarle una horita (que es lo que dura) a las explicaciones de uno de los abogados más carismáticos, divertidos y famosos especializado en estos asuntos.
Este post pretende recoger, a guisa de transcripción literal, taquígrafo en mano, los momentos más esclarecedores e importantes de dicha alocución, dejando al lector el gusanito en el cuerpo para que después se adentre en los sesenta minutos de mayor deleite intelectual que va a disfrutar en su vida.
David Bravo comienza su conferencia realizando una introducción al modo en que tratan los medios lo que ellos entienden como piratería informática. Comenta un par de noticias aparecidas en la Red sobre declaraciones de famosos cantantes que los medios califican como polémicas por el simple hecho de salirse un poco (no mucho) de la senda de borregueo que normalmente suele imperar en esa industria.
Objetivamente, encontrar lo explosivo o lo duro de una u otra declaración respectivamente es, acaso, un asunto de especialistas. Para el poder mediático todo aquello que no secunde lo que dice el poder económico es algo alarmante y que hay que adjetivar como polémico o radical. [...] Teddy Bautista dijo que eso del interés de acceder a la cultura estaba muy bien, pero que primero estaba el interés de los músicos a preservar su salud.
La idea que quería dar Teddy Bautista era que si tú te bajas un disco le estás quitando el dinero al músico con el que compra el pan con el que mantiene su salud. Los intereses de los ciudadanos no aparecen nunca, y cuando aparecen es para que los comente Teddy Bautista y los demonice. Porque las posibilidades que te daba eran dos: o estás de acuerdo con las tesis de la SGAE o estás de acuerdo con que el músico se muera de hambre. No hay otra posibilidad. [...]En mi opinión lo del acceso a la cultura no es cualquier tontería. Para mí, incluso, lo del acceso a la cultura tiene cierta relación con la libertad de expresión y con la libertad de elección; tiene que ver con la instrucción de un pueblo. ¿Qué libertad de expresión tiene la gente que no tiene nada que expresar, o no sabe cómo hacerlo, y qué libertad de elección tiene la gente que sólo sabe elegir qué concursante de Gran Hermano hay que expulsar? La instrucción del pueblo no es ninguna tontería, es importante. De eso depende que tengamos algo que decir y cómo decirlo.
A continuación pasa a enumerar lo que, en su opinión, son las mentiras más famosas sobre la piratería. Comenta cómo las multinacionales dicen que defienden las ventas de discos y que la industria discográfica terminará por desaparecer a causa de la piratería y las mentiras que se vierten con respecto al precio de los discos compactos, llegando a la conclusión de que la industria musical sencillamente pierde dinero produciendo los CD. Comenta también como se difunde que las descargas de música matan de hambre a los artistas y sin embargo no se dice lo mucho que los artistas ganan por los conciertos y lo poco que ganan con las ventas de sus discos.
Hace poco salió un estudio de la Universidad de Harvard que decía algo que en realidad todos sabemos, que no hace falta ser de Harvard para haberlo pensado alguna vez. Y lo que decía era sencillamente que no todo lo que se baja se habría comprado. Eso es algo que sabemos todos en realidad, pero tiene que decirlo un tipo de Harvard para que lo comente yo aquí.
Voy a comentar un poco eso pero no me voy a agarrar a ese estudio. Voy a poner un ejemplo. Ahora mismo en el eMule hay un archivo en cuyo interior, está comprimido, hay 6.000 libros. Si tú te bajas ese archivo, según el sentido común de la SGAE, se están dejando de vender los 6.000 libros que tú tenías pensado comprar esa misma mañana. Es así; la SGAE dice que es obvio. Según su página web “cada copia privada que se hace es una venta menos”. [...]
En mi opinión, esto lleva pasando desde que el mundo es mundo. Cuando Berliner inventó el gramófono, yo estoy seguro de que los dueños de los teatros se llevaron las manos a la cabeza y llevaron el grito al cielo, porque quitaba al público que iba a ver la música en directo y que ahora podía escucharla cómodamente en su casa. Estoy seguro de que Berliner fue un pirata, fue un precursor de los piratas. Que es lo que hizo Berliner, pues nada, se fue con la música a otra parte y fundó la Gramophone Company que dio lugar a la discográfica EMI, que ahora se lleva las manos a la cabeza y lleva el grito al cielo porque ha nacido un nuevo invento que lleva la música, de nuevo, un poco más cerca, sin tener que pasar por taquilla con cada audición.
Uno de los momentos más interesantes de esta charla se produce cuando David Bravo comenta las leyes que todos interpretan como claramente incriminatorias para todo aquel que se baje música de Internet. Habla también de los conceptos, equivocadamente relacionados, de copia privada y copia de seguridad, y también del ánimo de lucro y perjuicio de terceros, dos condiciones inexcusables para que un hecho delictivo sea tal. Por último, comenta las paradojas que se podrían dar si una ley llevara dos años a la cárcel a alguien por bajarse una canción o fotocopiar la página de un libro, en contraposición con otro tipo de delitos o faltas como robar una discografía entera en un centro comercial o agredir al autor de un libro en la calle.
La realidad es que el artículo del Código Penal que es aplicable a esto de las redes peer to peer, que es el artículo 270.1, sencillamente no ha sido reformado, así de simple. ¿Por qué, entonces, se armó esta bola? Sencillamente fue porque se empezaron a hacer unos análisis bastante críticos sobre el Código Penal, y yo creo que además de críticos eran bastante certeros; el Código Penal nuevo yo creo que merecía esas críticas. Lo que ocurre es que algunos periodistas al ver esos artículos, leyeron, quizás por primera vez, la reforma del Código Penal con ese prejuicio e, interpretando artículos que no habían cambiado, sacaron la conclusión de que era delito. La realidad es que no ha cambiado, todo sigue siendo igual, se necesita ánimo de lucro y perjuicio de terceros para que los intercambios en las redes peer to peer se consideren delito. [...]
Vamos a ver qué es la copia privada. La copia privada, como sabéis, aparece en la ley de la Propiedad Intelectual. Lo habréis escuchado muchísimas veces, dicen por ahí que la copia privada es la copia que haces de tu propio original para escucharlo en el coche. ¿Cuál es la realidad? La realidad es que la ley de Propiedad Intelectual no te exige ser el usuario legítimo de la obra en ningún momento. ¿Dónde se necesita ser usuario legítimo para hacer una copia de una obra intelectual? En los programas de ordenador. El usuario del programa de ordenador tiene que ser el usuario legítimo si lo quiere copiar. ¿Por qué? Pues porque a los programas de ordenador se les prohíbe la copia privada, no tienen derecho a la copia privada. Se les permite la copia de seguridad. Esos dos conceptos, copia privada y copia de seguridad, son los que se mezclan continuamente.
La copia privada apareció en aquellos momentos en los que era habitual entre los adolescente, y no adolescentes, el pasarse los casetes y copiárselos con la doble pletina. En su momento, en su momento, era ilegal y, además, el Código Penal no exigía el ánimo de lucro para que fuera delictivo reproducir obras. ¿Qué ocurrió? Pues que la legislación sencillamente pensó: si esto es así de imparable, si es tan extendido, lo legalizamos. Porque era imposible parar todo lo que estaba ocurriendo. Y dijeron: introducimos la copia privada y el canon remuneratorio que está ahora dando tanto dolor de cabeza a todo el mundo. Y se introdujo el ánimo de lucro. [...]
Si lo interpretamos así, primero que el Código Penal es absolutamente desproporcionado. ¿Fotocopias la página de un libro y vas a la cárcel? Pero es que además se darían paradojas tremendas, insalvables. Es prácticamente considerar que el Código Penal se ha vuelto completamente loco. Por ejemplo, yo me bajo una canción de un disco de Internet. Estoy haciendo una reproducción parcial, eso entra dentro del tipo penal. Y según Javier Rivas, y otros muchos, es una reproducción con ánimo de lucro, porque me da un beneficio que es disfrutar de la obra, ¿no? Sin embargo, si yo voy al Corte Inglés y sencillamente digo: no, yo es que prefiero el disco original, con las tapas que son tan bonitas como las hacen hoy en día. Me lo voy a coger. Cojo el disco y me lo llevo; lo hurto. Y digo: ya que estoy aquí, y para no dar dos viajes, me voy a llevar la discografía entera. Y como no supera los 400 €, porque ahora el nuevo Código Penal sube el límite a 400 €, no sería un delito.
Posteriormente, en su disertación, explica lo que dice el Legislador acerca del ánimo de lucro, término al parecer en entredicho, y de la no conciencia de ilicitud en la sociedad acerca del tema.
¿Qué ha dicho el Legislador sobre el ánimo de lucro? Vamos a preguntarle a él. Y él ya se ha pronunciado. En un libro que se llama El Código Penal de 1995 y la voluntad del Legislador, precisamente los legisladores se ponen a comentar por qué introdujeron diversos cambios en ese Código Penal. Y se habla del Código Penal de 1995 y el ánimo de lucro, que entró nuevo. Lo que decía el Legislador era que “estaban intentando excluir los supuestos de bagatela que integran una cuantiosa cifra negra que el Mercado debe asumir como inevitable“. Eso fue lo que dijo el Legislador.
Entonces qué hacemos con todo esto. Es decir, cuando es tan evidente, o al menos a mí me lo parece, cuando el propio Legislador lo dice, ¿qué está ocurriendo? ¿Por qué se dice, incluso desde las propias trincheras, que esto es delito? Pues yo creo que es para crear una nueva conciencia social, y eso, ya sí, es más peligroso. Creer sin más lo que se dice en los medios de comunicación, creer estos mitos es eficacísimo para que se conviertan en realidad. Porque el juez está obligado, según el artículo 3 del Código Civil, a interpretar las normas de una manera coherente a lo que opina la realidad social del momento. Eso es importante para un juez a la hora de interpretar. Si el ánimo de lucro es una cosa que está así así, si hay algo que es una cuestión de interpretación, lo que crea la sociedad en ese momento es importante para el juez. [...]
Francisco Hernández Herrero, que es el fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dice que “cuando la conciencia de ilicitud sobre una serie de conductas desaparece, los estados responden despenalizando esas conductas“. ¿Existe hoy en día esa conciencia de ilicitud? En mi opinión no, en absoluto. Los padres regalan a los niños las armas del delito, el cable de fibra óptica y las grabadoras ultrarrápidas, vendidas por las mismas empresas que más dinero dicen que pierden con la piratería.
La charla continúa hasta terminar con varios ejemplos que apuntalan la idea final, que es que no es ningún delito descargar contenidos de Internet, y así lo está demostrando el señor David Bravo, sentencia tras sentencia, en los juicios en lo que presta su apoyo y consigue una condena favorable para el acusado.
Como decía al principio del post, este es un audio de obligatoria escucha y que no tiene desperdicio desde el minuto 0 hasta el 60. Todo lo que aquí se ha transcrito es una muy pequeña muestra o pincelada de lo interesante de esta conferencia. A continuación tienes la oportunidad de escucharla íntegra. No te la pierdas o te arrepentirás. (Además te vas a reír una jartá).
FUENTE: La utilización del audio en este post, y su transcripción, ha sido autorizada por David Bravo.
Las descargas directas, esas grandes olvidadas

Rapidshare
Hace unas semanas, con referencia al post en este blog sobre las calidades de las películas descargadas, me apuntaba por mail un lector que únicamente hacía referencia a software P2P a la hora de comentar las formas en las que se pueden descargar contenidos. Efectivamente, craso error.
Y es que las descargas directas son las grandes olvidadas en este mundo del intercambio. La posibilidad de descargar una película de forma directa desde una página web no se nos suele pasar por la cabeza como primera opción, al menos a la gran mayoría, y tendemos a tirar de la mulita o programa similar. Esto no debería ser así, porque nos estamos perdiendo un mundo de posibilidades en el que las tasas de transferencia y la continuidad de la descarga hacen de él sus mejores bazas.
Pero es que encima, y para más inri, existe una tercera posibilidad amén de los programas P2P y las descargas directas, que son las visualizaciones online de contenidos. Disponemos de la opción de visualizar la última peli de terror que más nos mola sin necesidad de descargar un sólo byte (esta aseveración sería formalmente incorrecta para un ingeniero en telecomunicaciones pijo), disfrutando del cine en línea en nuestro ordenador.
Los servicios más conocidos que ofrecen películas para descargar de manera directa son Megaupload y Rapidshare. Sí, ya sé que hay muchos más, pero me centraré en estos por ser los más utilizados según mi criterio. En realidad, estas webs son meros discos duros virtuales que nos ofrecen un montón de espacio para subir nuestros archivos. Son proveedores de almacenamiento gratuito en línea. Que queremos hacer unas copias de seguridad de nuestras últimas fotos de manera remota para tener un respaldo más por si acaso, pues las subimos a estos alojamientos. Con el añadido de que, una vez subidas las fotos en un archivo comprimido por ejemplo, podemos enviar el enlace de la descarga a nuestros familiares para compartir esas fotos con ellos, cosa que habría sido de todo punto imposible por otras vías, como el correo electrónico, debido al tamaño del fichero.
Pues bien, estos servicios han terminado por convertirse en repositorios de películas, música y diverso material que se puede encontrar también en las redes peer to peer. Sin embargo las virtudes que nos ofrecen las descargas directas pueden hacernos cambiar de método de acceso a la cultura en un pis pas. Las principales ventajas son la velocidad y la continuidad de la descarga, ya que hay que tener en cuenta que no es más que bajar un archivo de una página web. Las tasas de transferencia que ofrecen estos alojamientos son bastante altas y, por supuesto, es un archivo que comienza a bajar de inmediato y no se detiene hasta que termina, al contrario de lo que ocurre con programas como eMule o Azureus.
La ingente cantidad de material que se puede encontrar en estos sitios ha dado lugar a la aparición de webs alternativas que se dedican a recoger, ordenar y clasificar los contenidos para que le sea más sencillo al usuario encontrar lo que busca. Ejemplos muy interesantes de estos sitios web son Películas Yonkis, PelículaOn o conDescargaDirecta, donde puedes acceder y simplemente buscar lo que necesitas para dar con los enlaces (generalmente alojados en los comentados Megaupload y Rapidshare) que te llevan a la descarga directa. En algunos sitios será necesario registrarse (en conDescargaDirecta, por ejemplo), pero la mayoría te brindarán los enlaces sin más, incluso con diversas posibilidades para elegir.
Además, en estas páginas dispones casi siempre también de accesos a la visualización online de la película, con enlaces que generalmente apuntan a Megavideo, que es el sitio hermano de Megaupload, dedicado exclusivamente al alojamiento de vídeos y películas para visionar en línea. Todo un abanico de posibilidades para hacer de la experiencia del cine algo más cercano y accesible.
Pero siempre tiene que haber un pero. No todo es tan bonito como lo pintan, es un poquito más feo, aunque no mucho. El inconveniente de webs como Megaupload, Megavideo o RapidSearch es que todas ellas disponen de accesos gratuitos y de cuentas premium de pago. Si no quieres pagar un céntimo podrás bajar películas, pero a menos velocidad que si pagas. También tendrás que esperar unos cuantos segundos antes de comenzar la descarga, no podrás descargar más de un fichero a la vez, tendrás un límite diario de bajada, soportarás publicidad y otras peguillas. Además, en la visualización online tendrás también un límite diario de minutos que, una vez se haya cumplido, no te permitirá visionar un segundo más de ninguna película alojada hasta el día siguiente.
Escollos todos estos que, si bien pudieran parecer importantes, a veces no lo son tanto. Si queremos bajar cuarenta películas al día, a todo meter y todas a la vez, pues no podremos. Pero una, dos o tres, de una en una y a velocidad aceptable, sí. Los segundos que hay que esperar son pocos y la publicidad no la miramos y ya está.
De todas maneras, una cuenta de pago de un mes de duración en Megaupload o en Megavideo cuesta hoy 9,99 €, y una en Rapidshare 6,99 €. No me parecen precios excesivos (sin tener en cuenta los buenos descuentos que hay por contratar más meses) para darse de alta durante un mes y descargar a saco toda la filmografía de Jorge Sanz.
Por supuesto la moda de las descargas directas no afecta únicamente al cine enlatado, sino también a la música, los videojuegos, las series de televisión, etcétera. Series podrás descargar desde las mismas webs comentadas, música desde sitios como Mp3Release o Nuncamas.org y videojuegos desde Gratis Juegos o Juegos Completos. Pregunta al tito Google porque encontrarás también descargas directas para software, libros, manuales y todo aquello que te imagines y se pueda descargar.
Y, por si te interesa, existe software gratuito para gestionar las descargas directas de estos sitios. Hay varias opciones, pero yo te recomiendo Cryptload, un programita que lo puedes poner en castellano y es muy fácil de manejar. Sólo hay que agregarle las direcciones de los archivos que queramos y él hará una lista de descarga que irá automáticamente gestionando, esperando los segundos de rigor, descargando y esperando las horas necesarias si se sobrepasa el límite de transferencia.
También existen servicios web y plugins para navegadores que eliminan las trabas de Megaupload y Rapidsearch, pero eso lo buscas tú que yo no te lo voy a contar. ¡Ea! Tampoco cuesta tanto aceptar las normas de un servicio que de por sí ya es gratuito.
Mini manual para entender las calidades de las películas descargadas y no morir en el intento

Rollo de película
Cuando tenemos la intención de descargar una película de Internet por medio de cualquier software de intercambio entre pares o P2P (eMule, eDonkey, Azureus, Ares, uTorrent, Pando…), al realizar una búsqueda es posible que obtengamos numerosos archivos de la película que deseamos descargar. El tamaño de estos archivos puede variar, así como su calidad de audio y vídeo, desde 600 Mb hasta más de 4 Gb, aproximadamente. Ello es debido a la forma en que ha sido copiada la película, y es que no es lo mismo una copia exacta de un DVD que una grabación clandestina con una cámara de vídeo en una sala de cine.
Por norma general existe una regla no escrita entre las personas que se dedican a ripear películas a la hora de nombrar los archivos que comparten. Seguro que, tras una búsqueda en eMule, más de una vez nos hemos tropezado con nombres de archivos de película como el siguiente:
Juegos de Guerra 2 (Spanish) 2007 DVDRIP Xvid-Mp3 (Centraldivx.com).avi
Es posible que nunca nos hayamos parado a observar todo lo que va más allá del título, pero lo cierto es que nos ofrece toda la información necesaria para saber la calidad que obtendremos tras la descarga.
Después del título aparece el idioma de la película entre paréntesis y el año de la producción. Con respecto a estos términos no comentaré nada más, porque son lo suficientemente claros como para arrojar más luz sobre el tema. Simplemente apuntar que el idioma puede aparecer escrito en inglés (lo más común) como en este ejemplo (Spanish), puede aparecer en español (Español), o incluso abreviado (ES, SP, ESP, SPA, etcétera). A la hora de realizar una búsqueda es conveniente introducir alguno de estos términos para cribar los resultados al máximo.
Lo que sigue al año de producción (DVDRIP Xvid-Mp3) es precisamente lo que nos informa sobre la calidad en la que está ripeada la película. En este caso vemos que es una copia directa de DVD (DVDRIP), que el códec de vídeo es Xvid y el de audio es MP3.
Vamos a ver a continuación las distintas calidades que puede tener un archivo de película y cómo se especifica, generalmente, en su nombre. Comenzaremos por la calidad peor y terminaremos por la mejor.
1. Cam
- En el nombre de archivo aparece como: CAM
- Origen del vídeo: Cámara (sin trípode, generalmente)
- Origen del audio: Cámara
- Calidad de vídeo: Muy baja
- Calidad de audio: Muy baja
Este tipo apenas se usa en España por su baja calidad. Se corresponde con la grabación directa del vídeo y el audio en una sala de cine por un espectador, sin trípode ni ningún tipo de interés porque la calidad sea mínima.
Suelen ser estrenos muy recientes.
2. TeleSync
- En el nombre de archivo aparece como: TS, TS-Screener, Telesync o Screener
- Origen del vídeo: Cámara (con trípode)
- Origen del audio: Origen externo limpio
- Calidad de vídeo: Baja-Media
- Calidad de audio: Media
Esta calidad es la más usual para los screeners en España. El vídeo es una grabación en la sala de cine con una cámara montada sobre trípode, y la calidad puede ser muy buena o nefasta, dependiendo de quién realice la grabación, con qué tipo de cámara y en qué condiciones (cine cerrado o con gente, iluminación, etcétera). El audio se obtiene de un medio externo limpio de ruido y, posteriormente, se sincroniza con la imagen mediante software. Este medio externo suelen ser los conectores de audífonos especiales para sordos de algunos cines o el sistema principal de sonido de la sala.
A este tipo se le suele llamar screener a secas. Suelen ser estrenos recientes.
3. VHS-Screener / VHS-Rip
- En el nombre de archivo aparece como: VHS-Screener, VHS-Rip
- Origen del vídeo: Cinta VHS
- Origen del audio: Cinta VHS
- Calidad de vídeo: Media
- Calidad de audio: Media
Son películas ripeadas directamente desde una cinta VHS. La calidad es la de la cinta en cuestión.
Suelen ser antiguas películas descatalogadas o que no han aparecido en DVD.
4. TeleCine
- En el nombre de archivo aparece como: TC, TC-Screener o Telecine
- Origen del vídeo: Proyector de cine
- Origen del audio: Proyector de cine
- Calidad de vídeo: Media-Alta
- Calidad de audio: Media-Alta
Este tipo de películas se traspasa directamente desde las salidas de los proyectores de cine a DVD o VHS. No era muy común verlas en España, pero ahora empiezan a irrumpir con fuerza.
Los países de Europa del Este y Rusia son los mayores productores de este tipo de calidades y, lo que se suele hacer, es extraer el vídeo de un TeleCine extranjero y sincronizar el audio captado en español en una sala de cine (algo parecido al DVD-Screener que se ve posteriormente).
Suelen ser estrenos recientes.
5. DVD-Screener
- En el nombre de archivo aparece como: DVD-Screener o DVD-SCR
- Origen del vídeo: DVD
- Origen del audio: Origen externo limpio
- Calidad de vídeo: Alta
- Calidad de audio: Media
En este tipo de calidad el vídeo se extrae de un DVD promocional o de un DVD que ya ha salido en otros países antes que en España. El audio se obtiene de un origen limpio como los mencionados en la sección de TeleSync. Posteriormente se sincronizan.
Suelen ser películas no muy recientes, al menos en España.
6. DVD-Rip
- En el nombre de archivo aparece como: DVD-Rip
- Origen del vídeo: DVD
- Origen del audio: DVD
- Calidad de vídeo: Alta
- Calidad de audio: Alta
Este tipo se corresponde con el ripeo tal cual de un DVD. Tanto el vídeo como el audio se extraen del DVD original, por lo que la calidad es muy buena, siempre y cuando se realice por una persona experta en tales lides. Muchas veces aparece antes de que se publique la película original, vía copias previas enviadas a los críticos de cine. Esto hace que los rips de mala calidad desaparezcan o no lleguen ni a aparecer.
Son películas que ya han salido en DVD.
7. DVD-R
- En el nombre de archivo aparece com: DVD-R
- Origen del vídeo: DVD
- Origen del audio: DVD
- Calidad de vídeo: Muy alta
- Calidad de audio: Muy alta
Este formato de calidad se corresponde con la copia exacta de todos o algunos de los contenidos de un DVD sin ripear, es decir, sin compresión alguna, por lo que no existe pérdida de calidad. Suelen contener la película en dos o tres idiomas e, incluso, los subtítulos.
El problema es que el tamaño de un DVD original es demasiado grande para copiarlo en un DVD grabable normal de 4,7 Gb (DVD-5). Podría caber en un DVD de doble capa (DVD-9) que permite hasta 8,5 Gb o en uno mayor (existe hasta DVD-18), pero estos soportes no suelen ser admitidos por la mayoría de los reproductores de DVD de salón ni por muchos reproductores informáticos de DVD. Por todo ello, a excepción de algunas películas antiguas de dibujos animados que no tienen mucha duración, los extras del DVD original no suelen ser incluidos en este
formato.
Son películas que ya han salido en DVD. Tienen grandes tamaños, cercanos a los 4 Gb o más. Se suelen distribuir en la red BitTorrent. Lo que descargamos son archivos .VOB, .IFO y .BUP que han de ser quemados como DVD de vídeo.
8. Imagen de DVD
- En el nombre de archivo aparece como: ISO, NRG, BIN, CUE, MDF, MDS…
- Origen del vídeo: DVD
- Origen del audio: DVD
- Calidad de vídeo: Muy alta
- Calidad de audio: Muy alta
Las imágenes de DVD son copias exactas de DVD completos. En este caso se copia completamente un disco con la película, los idiomas, los subtítulos y todos los extras.
Son películas que ya han salido en DVD y que o bien no tienen muchos contenidos o bien duran menos que una película normal. Sobre todo películas de dibujos animados, actuaciones, vídeos musicales, documentales, series, etcétera.
9. BR-Rip
- En el nombre de archivo aparece como: BR-Rip o BD-Rip
- Origen del vídeo: BluRay Disc
- Origen del audio: BluRay Disc
- Calidad de vídeo: Excelente
- Calidad de audio: Excelente
Son rips de discos BluRay con calidades 720p y 1080p. Al igual que con el resto de formatos, depende de la habilidad de la persona que lo genere para que la calidad sea mejor o peor. Aún así, a igual tamaño e igual proceso que un DVD-Rip, un BR-Rip tendrá mejor calidad simplemente porque la fuente es mejor.
Son películas ya aparecidas en BluRay Disc.
10. Otras denominaciones
Al calor de las anteriores denominaciones “oficiales” de calidades han ido apareciendo otras menos conocidas (la mayoría referidas a televisión para ripeos de series y películas) pero que cada vez van tomando más importancia. A continuación vamos a detallar algunas de ellas.
- TV-Rip: Es un rip directo de un programa o película de televisión.
- DVB-Rip: Rip a partir de una señal de TDT (Televisión Digital Terrestre).
- HDTV-Rip: Rip de televisión digital de alta definición.
- PDTV-Rip: Es un rip de televisión digital pura. Se obtiene con tarjetas sintonizadoras de televisión capaces de recibir TDT.
- DSR-Rip: Rip de satélite de señal digital.
- LD-Rip: Rip de LaserDisc.
- R5-Rip: DVD para la región 5 de Europa del Este, India, África, etc. Son copias hechas con un TeleCine analógico. Muy raras en España.
- Workprint (WP): Es un montaje no finalizado de una película que se envía a críticos y productores bastante antes de la versión final. Suelen ser películas con escenas que luego no aparecen en la versión definitiva, con marcas de agua, rótulos o contadores de segundos.
Además de la calidad de grabación de una película, es importante tener en cuenta el formato de vídeo y el formato de audio con los que está ripeada. El formato y el códec (del que hablaba al principio de este mini manual) están íntimamente relacionados, porque deberemos tener los codecs adecuados para reproducir tanto la imagen como el sonido de los distintos formatos. Además, los reproductores de salón sólo aceptan algunos de los formatos más conocidos y utilizados.
A continuación enumeraremos los más usuales con los que nos vamos a encontrar ripeada una película.
Formatos de vídeo
- DivX y Xvid (AVI): Son formatos de codificación con los que obtendremos calidades similares a los de un DVD. Permite comprimir casi 2 horas de película en, aproximadamente, 700 Mb. Es el más común de los formatos de vídeo.
- VídeoCD (VCD): Es el formato más veterano. Utiliza la compresión MPEG-1 a un bitrate fijo. Ofrece calidad de VHS y una película de 2 horas necesitará de 2 CD de 700 Mb para entrar correctamente. Es el formato más compatible.
- Súper VídeoCD (SVCD): Formato basado en compresión MPEG-2. Distribuye los bits de una forma más eficiente que el anterior. Es menos
compatible que el VCD. Una película necesitará de 2 ó 3 CD de 700 Mb, pudiendo llegar a alcanzar calidad de LaserDisc. - CVCD: Formato igual al VCD pero con mayor compresión.
- KVCD: Al igual que el anterior deriva del VCD pero con una tasa de compresión todavía mayor.
- RAT-DVD: Este formato permite comprimir una película respetando todo su contenido (menús, extras, subtítulos…) para ser visualizada exclusivamente en un ordenador con Windows XP, DirectX 9 y Windows Media Player 10 o WinDVD casi exclusivamente.
Formatos de audio
- MP3: Este códec (MPEG Layer 3) es el más extendido y compatible. Tiene como peculiaridad un ratio de compresión 11:1 sin pérdida de calidad de sonido audible.
- WAV: Formato propietario de Microsoft sin compresión.
- WMA (Windows Media Audio): De compresión parecida al MP3 y de calidad también similar.
- AAC: Codificación estándar para audio reconocida por ISO en el patrón MPEG-2. En teoría almacena más que un MP3 y en menos espacio. Formato utilizado por Apple.
- AC3: Códec para reproducir audio en el sistema Dolby Digital AC3.
- RA (Real Audio): Soporte multimedia creado por la empresa Real Network, con una alta tasa de comprensión y algoritmos especiales que reducen considerablemente el tamaño de los archivos de sonido.
- OGG: Lo que diferencia a Ogg Vorbis del resto es que es gratuito, abierto y no está patentado. Su principal atractivo es la importante reducción que hace de un archivo de audio sin restarle calidad. Así mismo, se distingue por su versatilidad para reproducirse en prácticamente cualquier dispositivo.
Para terminar decir que además del formato de audio y vídeo y la calidad de ripeo, en el nombre de un archivo de película descargado podemos encontrar multitud de detalles más. Vimos al principio que suele aparecer el año de producción, el idioma (imprescindible) o el ripeador o sitio web que alberga el enlace. Pero también alguno de los siguientes textos que voy a detallar.
- SUBBED XXX: La película tiene subtítulos incrustados en lenguaje XXX.
- DUBBED XXX: La película no está en versión original, está doblada al lenguaje XXX.
- WS: WideScreen. Dimensiones originales, con bandas negras.
- FS: FullScreen. A pantalla completa, sin bandas negras.
- REPACK: Cuando alguna película ha salido ripeada con algún fallo, puede aparecer otra con esta leyenda indicando que está solventado.
- NUKED: No aprobada. Versión que no cumple las reglas de ripeo acordadas. Puede haber varias razones (BAD A/R, BAD ASPECT RATIO, BAD IVTC…).
- PROPER: Según las normas no escritas, el primero que saca una película (normalmente TS-Screener o TC-Screener) gana la “carrera” y nadie más puede publicar esa misma película. Pero si la calidad de la primera publicación es muy mala, otro grupo tendrá “el permiso” de publicarla como una versión “apropiada”.
- LIMITED: Significa que se ha visto en menos de 250 cines (en EEUU).
- INTERNAL: De distribución interna. Algunas películas se distribuyen de esta forma por varios motivos. Normalmente es para recuperar viejos ripeos en DVD (es decir, duplicar una película ya publicada hace tiempo) o cuando la fuente es una grabación de mala calidad.
Como resumen podríamos decir que es muy importante leer el nombre del archivo de película que nos vamos a descargar, ya que no es lo mismo, como hemos podido comprobar, que sea TS-Screener o DVD-Rip, que el códec de vídeo sea Xvid o VCD o que sea WS o FS.
Teniendo estos pocos detalles en cuenta, seguro que lo que bajemos de Internet será más adaptado a lo que deseamos obtener en una primera vez y únicamente descargando un único archivo por película.
Eso sí, los fakes que resultan en películas porno en lugar de esa última superproducción que queríamos haber bajado, van a seguir colándosenos por siempre jamás. Aunque una buena actitud es desconfiar de los DVD-Rip de películas todavía en las salas de cine. Por lógica.